El TSJE indicó que la propaganda electoral podrá realizarse hasta las 23:59 del jueves. La legislación electoral contempla sanciones que incluyen multas y órdenes de detención o prisión para quienes infrinjan esta norma, tanto para los políticos responsables de la propaganda como para los propietarios de los medios de comunicación.
El director de procesos electorales del TSJE mencionó que, lamentablemente, no cuentan con una regulación que les permita prohibir la propaganda electoral en redes sociales, lo que complica el control, ya que los mensajes pueden ser emitidos desde lugares lejanos.
En cuanto a la venta de bebidas alcohólicas, se permitirá hasta las 19:00 del sábado 3 de octubre, conforme a lo que establece la ley electoral, que autoriza la comercialización hasta 12 horas antes del inicio de la votación.
Asimismo, está prohibido congregar personas o formar grupos en un radio menor a doscientos metros de los centros de votación, si esto puede significar presión sobre los electores, salvo en el caso de electores que estén haciendo fila para votar. No obstante, fuera de este perímetro, no existe una prohibición específica para el aglutinamiento en viviendas, a menos que se produzcan disturbios, en cuyo caso intervendrá la policía.
